Si piensas en vender y ya has pagado la hipoteca es recomendable ser previsor. Y es que la mayoría de personas cree que cuando se acaba de pagar la hipoteca ésta desaparece por sí sola, pero no es así.
Por ello, salvo que tengamos completamente claro que no vas a vender en los próximos 20 años, lo más recomendable es acudir al banco para cancelar la hipoteca una vez que se haya completado el pago de todas las cuotas.
¿Qué pasos debo seguir para cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad?
Existen dos formas de cancelar la hipoteca en el Registro de la Propiedad.
- Hacerlo a través del banco: se trata de acudir a la entidad bancaria y solicitarlo formalmente. Entonces, el banco solicitará a su gestora que lleve a cabo los trámites (para lo que suele solicitarse una provisión de fondos que podría rondar entre los 1.000 y 1.500 euros, según el importe total de la hipoteca). Se trata de un proceso en el que intervienen distintos actores (gestoría, notaría y Registro de la Propiedad) por lo que suele dilatarse. Pasado ese tiempo, el banco entrega al interesado la escritura de cancelación del préstamo junto con una nota simple del Registro de la Propiedad en la que se indica que el inmueble en cuestión está libre de cargas.
- Hacerlo uno mismo: la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad es una operación que puede llevar a cabo cualquier particular. Se trata de una opción más económica aunque algo tediosa que puede tardar entre 60 y 90 días. Para ello debemos seguir los siguientes pasos:
- Solicitar un certificado de deuda cero a la entidad bancaria en la que queremos cancelar la hipoteca.
- Solicitar una escritura pública de cancelación de la hipoteca en una notaría. La notaría se encarga de avisar a un apoderado del banco hipotecante. El coste de este trámite varía en función del valor de la hipoteca.
- Cumplimentar el modelo 600: Se trata de un formulario normalizado a cumplimentar presencialmente en una de oficina de la Agencia Tributaria o mediante certificado digital de la TGSS telemáticamente. Se debe a que la escritura pública de cancelación de la hipoteca es un acto que está sujeto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), se trata de una formalidad ya que está exento de pago.
- Acudir al Registro de la Propiedad del municipio en el que se encuentre sito el inmueble y entregar toda la documentación (certificado de saldo cero y escritura pública de cancelación). Una vez esté formalizado el asiento debemos solicitar una nota simple para verificar que, efectivamente, el inmueble queda libre de cargas.
Si de lo contrario ya tenemos una oferta de venta para nuestro inmueble o necesitamos la venta para poder cancelar la hipoteca lo mejor será que la gestoría del banco del comprador se encargue de los trámites de cancelación para lo que nos hará llegar una provisión de fondos que se descontará del precio de venta.